El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 dejó sin efecto la inscripción de la fórmula presidencial de la agrupación Partido de Trabajadores y Emprendedores (PTE-PERÚ) tras la muerte de su candidato a la presidencia, Napoleón Becerra García.El deceso del postulante presidencial ocurrió el pasado 15 de marzo, producto de un accidente automovilístico en el kilómetro 183 de la vía Los Libertadores, en el distrito de Huaytará, región de Huancavelica.Frente a este panorama, el personero legal de PTE-PERÚ, Alberto Juan Bautista Merino, solicitó formalmente que el primer vicepresidente de la lista, Winston Clemente Huamán Henríquez, asumiera la candidatura presidencial, y que Nélida Juliana Cuayla Cuayla pasara a ser la candidata a la Primera Vicepresidencia.Sin embargo, a través de la Resolución N° 02146-2026-JEE-LC1/JNE, el pleno del JEE de Lima Centro 1 declaró improcedente este pedido de sucesión. El órgano argumentó que, según el artículo 104 de la Ley Orgánica de Elecciones y los artículos 44 y 40.2 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas, la inscripción de la fórmula presidencial es única."Dado que la figura del candidato presidencial está unida a la de los candidatos a vicepresidentes de la fórmula, cualquier circunstancia que provoque la ausencia del candidato principal —ya sea por tacha, renuncia, retiro o improcedencia que deniegue su inscripción— implica también la denegatoria de inscripción de sus dos candidatos a vicepresidencia, en la medida que la inscripción de la fórmula es única", se lee en el documento.En ese sentido, el JEE concluyó que "no existe posibilidad de sucesión de posiciones, debido a que la normativa electoral en relación con este tipo de elección no lo contempla ni como excepción; en consecuencia, lo peticionado por el personero legal deviene en improcedente".Votos no serán considerados válidosEl órgano electoral precisó también que los votos que eventualmente se emitan a favor de esta fórmula presidencial no serán considerados válidos en el cómputo de resultados, al carecer de un objeto electoral tras la anulación de la lista.Asimismo, se indica que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) será notificada de esta medida para que adopte las acciones pertinentes de cara a los comicios fijados para el 12 de abril de este año.Cabe remarcar que el fallo del JEE de Lima Centro 1 es de primera instancia, por lo que la personería legal del Partido de Trabajadores y Emprendedores puede presentar un recurso de apelación para que el caso sea finalmente evaluado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).