
El Diario Oficial publicó este sábado la Ley 21.803, que establece los requisitos para otorgar la calidad de Titular a Profesionales de la Educación y que busca otorgar estabilidad laboral a docentes de educación parvularia, básica o media de establecimientos públicos que cumplan con las condiciones que establece la normativa, como la antigüedad en la dotación.
La iniciativa, despachada por el Congreso en enero de 2026, reconoce un derecho laboral y garantiza estabilidad al personal docente contratado en Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), municipios y corporaciones municipales, convirtiendo contrataciones temporales en indefinidas.
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Esta nueva ley forma parte de los acuerdos de la Agenda Corta entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y el Colegio de Profesores y busca reconocer la titularidad en el cargo a docentes de establecimientos públicos, a través de la introducción de reglas permanentes en el Estatuto Docente.
El Estatuto Docente, en su artículo 25, establece dos calidades en que pueden encontrarse los docentes del sector público: "titular" y "contrata".
En ese sentido, el Mineduc explicó que únicamente la titularidad constituye una forma de contratación indefinida, mientras que la contrata se establece a plazo fijo, pensada, en su origen, para labores transitorias, optativas, especiales o de reemplazo de titulares.
Los beneficiarios
La Ley 21.803 beneficiará a profesores que llevan cuatro años continuos o cuatro años discontinuos en los últimos seis años, que cuentan con contrataciones sucesivas y continuas, que abarquen los últimos dos años, en establecimientos públicos.
Posterior a los cuatro años se exigirá como requisito para otorgar la titularidad que el docente haya ingresado a la dotación mediante concurso público o un proceso de reclutamiento y selección público, objetivo y transparente, indicó el Mineduc.
Lo anterior se debe a que, desde la entrada en vigencia de la ley, todo el personal a contrata deberá ser incorporado mediante uno de estos procedimientos.
