De cara a las Elecciones Generales 2026, los ciudadanos no solo deberán acudir a votar, sino también cumplir con otras responsabilidades si resultan designados para participar en la organización de la jornada electoral.Si una persona no participa en la votación del próximo 12 de abril, o fue designada como miembro de mesa y no cumple con esa función, deberá pagar una multa.A continuación, te explicamos cuáles son las sanciones y en qué casos se aplican.¿Cuál es la multa por no votar?En el Perú, el voto es obligatorio. Por ello, los electores que no participen en la jornada electoral deberán pagar una multa cuyo monto varía según el distrito donde residen.Según explicó Luis Grillo, jefe de Servicios al Ciudadano del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la sanción puede llegar hasta S/110, dependiendo de la clasificación del distrito."Hay distritos que responden a una categoría no pobre. En estos casos, la multa por no sufragar es de 110 soles. Para aquellos distritos considerados como pobres, estaríamos hablando de 55 soles. Y para aquellos ciudadanos cuyos distritos están considerados de pobreza extrema, la multa es de 27.50 soles", indicó.La diferencia en los montos responde al nivel de pobreza del distrito donde reside el elector, según la clasificación del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Estas sanciones se calculan sobre la base de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, que para este año está fijada en S/5,500.Así quedan establecidas las multas para las Elecciones Generales 2026:Distritos de pobreza extrema: 0.5 % de la UIT — S/27.50Distritos pobres: 1 % de la UIT — S/55.00Distritos no pobres: 2 % de la UIT — S/110.00
¿Cuál es la multa en el caso de los miembros de mesa?En el Perú, los ciudadanos que son sorteados como miembros de mesa tienen la obligación de cumplir esta función el día de la votación. De lo contrario, se exponen a una sanción económica, incluso mayor al monto de la multa por no acudir a votar.Según explicó Marisol Cuellar, especialista en Educación Electoral de la ONPE, quienes no se presenten al momento de la instalación de la mesa deberán pagar una multa equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/ 275."Si un ciudadano sale sorteado como miembro de mesa y no se presenta al momento de la instalación, va a recibir una multa del 5%de la UIT, que representa 275 soles. Es importante mencionar que tanto los miembros titulares como suplentes se deben presentar al momento de la instalación de la mesa. Ahí van a firmar una serie de documentos, una relación de asistencia, en donde consta que se presentaron", señaló.¿Qué ocurre si un elector se niega a ser miembro de mesa?
Sí. Si un ciudadano es llamado a cumplir el rol de miembro de mesa y se niega, también puede ser sancionado.En ese caso, la multa es igualmente del 5 % de la UIT, es decir, S/ 275."Si un elector de esa mesa de sufragio no desea, no quiere ejercer el cargo pese a que ha sido llamado, también va a recibir una multa por no haber ejercido el cargo. Y esa multa también es del 5% de la UIT, que serían 275 soles", indicó Cuellar. ¿En qué situaciones un elector puede recibir dos multas?Si una persona fue sorteada como miembro de mesa, no se presenta a cumplir su función y, además, no acude a votar, podría recibir dos multas: una por no cumplir con su labor en la mesa de sufragio y otra por no participar en la jornada electoral.En declaraciones a RPP, Luis Grillo, jefe de Servicios al Ciudadano del JNE, explicó que este escenario se debe a que se trata de “funciones totalmente diferentes”.“Una como elector y otra como miembro de mesa”, precisó.