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"Influye en la gobernabilidad y el marco regulatorio."
- El presidente de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), Boris de León, sugirió no eliminar el pago de la cesantía laboral en la reforma del Código de Trabajo y abogó por mecanismos alternativos, dependiendo de las distintas categorías de empresas.
De León expresó que la ANJE reconoce que la cesantía es una conquista y que no debe en ningún modo afectarse la noción de los derechos adquiridos en ningún proceso de reforma.
Aseguró que el país tiene una oportunidad de mejorar notablemente la regulación del Código de Trabajo para ser más competitivos y productivos desde un enfoque regional.
“Al ser una oportunidad estratégica, debe entonces ponderarse cuáles mejoras o cuáles flexibilidades se podrían incorporar”, enfatizó.
Afirmó que 30 años son suficientes para acumular una experiencia y poder identificar las oportunidades de mejora de esa normativa, porque se han implementado otras legislaciones que también tienen que ser tomadas en cuenta al momento de discutir una reforma integral sobre el ámbito laboral.
“Por ejemplo, tenemos una Ley de Seguridad Social del año 2001, la Ley 87-01, que tiene entonces también más de 20 años de implementación y que a la vez se encuentra en un proceso de revisión también. O sea, no tan avanzado como el del Código de Trabajo, pero que ya ha sido puesto sobre la mesa por la Sisalril”, acotó.
“Tenemos una oportunidad de mejorar notablemente la regulación del Código de Trabajo para ser más competitivos, para ser más productivos desde un enfoque regional. No lo veo solamente desde el ámbito local”, subrayó, durante una entrevista en el programa “Esferas de Poder, que se transmite los domingos por RNN Canal 27.
Asimismo, observó que en ningún escenario se ha propuesto eliminar la cesantía para dejar sin sus derechos adquiridos a los actuales empleados.
“Por eso digo que es una oportunidad estratégica. Y al ser una oportunidad estratégica, debe entonces ponderarse cuáles mejoras o cuáles flexibilidades se podrían incorporar”, enfatiza.
Cita como ejemplo que, en el ámbito del Código de Trabajo actual, el plazo para hacer el pago de las prestaciones es común de 10 días para todo tipo de empresa.
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