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- La situación escaló cuando, de manera irregular, aunque no es la primera vez, Casciato penetró al establecimiento acompañada de un grupo de personas, con la intención de ejecutar un desalojo ilegal sin orden judicial, sin fuerza pública ni autorización alguna.
La situación escaló cuando, de manera irregular, aunque no es la primera vez, Casciato penetró al establecimiento acompañada de un grupo de personas, con la intención de ejecutar un desalojo ilegal sin orden judicial, sin fuerza pública ni autorización alguna. Al no obtener la reacción violenta que esperaba del personal del hotel, arremetió físicamente contra Ivonne Romero, una de las encargadas, quien estaba grabando todo el incidente. Las cámaras de seguridad del hotel también registraron el hecho, con audio y video, dejando constancia de que Ivonne fue la única persona agredida en la jornada.
Pese a haber sido ella quien cometió la agresión, Casciato acudió al día siguiente a la fiscalía y presentó una denuncia contra Ariel Palacio, esposo de Ivonne, acusándolo falsamente de haberla empujado, agredido físicamente, producirle heridas en una pierna, amenazarla de muerte y hacer que temiera por su vida. Sin embargo, al momento de colocar su denuncia, el destino la enfrentó con la realidad: en la fiscalía estaba Ivonne Romero, presentando su denuncia acompañada de evidencias en video del ataque que recibió por parte de Casciato.
Ambas partes fueron atendidas por el fiscal de la provincia, Héctor Peralta, quien escuchó las versiones y analizó la evidencia. Frente al video mostrado por Ivonne, y las inconsistencias entre la declaración de Casciato y que esta no presentaba lesiones, el fiscal determinó que la denuncia de la italiana era falsa. Tanto así que, ante la evidencia presentada, Casciato y su abogada intentaron abandonar la fiscalía sin completar el proceso, acción impedida por el propio fiscal.
No logrando el resultado que esperaba, Casciato acudió posteriormente a otra fiscalía, esta vez en el Ensanche Ozama, donde fue atendida por el fiscal Mayobanex Castillo Tapia. Sin verificar el expediente anterior, sin escuchar la versión del acusado y basándose únicamente en el relato de Casciato, el fiscal Castillo Tapia procedió a solicitar una orden de arresto contra Ariel Palacio. Llamativamente, aunque Casciato aseguró que había sido amenazada de muerte, que temía por su vida y que se trataba de un caso grave, el fiscal decidió tratarlo como una simple riña, no como violencia de género.
La orden de arresto no fue notificada en el domicilio de Palacio ni se le citó para comparecer voluntariamente. A cambio, la policía realizó un operativo de vigilancia que incluyó rondas motorizadas en la zona, presencia de los acompañantes de Casciato junto a los agentes, e incluso la visita intimidatoria al hotel a la 1:00 de la madrugada. Cuando finalmente ejecutaron la orden, en plena vía pública, el detenido fue llevado al destacamento donde el oficial a cargo era el coronel Julio Álvarez, el mismo que semanas antes había intervenido para retirar a Casciato del local cuando intentó ejecutar el desalojo ilegal por la fuerza.
Al enterarse de la detención, el fiscal Peralta —quien había manejado inicialmente el caso— se comunicó con el destacamento de Andrés Boca Chica para explicar que el arresto no procedía, que la señora Casciato no presentaba lesiones cuando él la recibió, que la agresión real había sido contra Ivonne Romero, y que él, como fiscal, asumía formalmente la responsabilidad de presentar a Palacio al día siguiente ante la fiscalía correspondiente. Sin embargo, el coronel Álvarez desacató esta instrucción, alegando que se trataba de un caso de violencia de género, aunque la orden de arresto no lo establecía.
El coronel retuvo a Palacio por casi 24 horas, esposado y privado de libertad, aun cuando los propios agentes del cuartel confirmaron que, si el coronel lo autorizaba, podían registrarlo en el libro de salida, como es práctica habitual. El coronel alegó que “eso ya no se usa tras la reforma policial”, contradiciendo a sus propios oficiales.
Cuando finalmente Palacio fue llevado ante el fiscal que debía atender el caso, el magistrado Juan Miguel Minaya, ocurrió lo inevitable: la señora Casciato no supo precisar ni el momento ni el lugar donde supuestamente fue agredida, porque tal agresión en ningún escenario existió. Su abogada también se enredó tratando de sostener una narrativa insostenible frente a las evidencias: videos con audio que mostraban claramente que no hubo riña, ni agresión, ni amenaza, y que Casciato entró al hotel acompañada de una turba sin autorización e intentó ejecutar un desalojo ilegal.
Mientras tanto, la verdadera víctima, Ivonne Romero, quien sí fue agredida físicamente, presentó su denuncia desde el inicio y mostró el video de lo ocurrido; sin embargo, no se emitió ninguna citación ni orden de arresto contra Casciato por la agresión real que cometió.
Esta situación plantea preguntas profundas y alarmantes sobre la justicia dominicana: ¿qué mueve a un coronel a mantener preso a un ciudadano después de que un fiscal afirmó que no había motivos para hacerlo? ¿Por qué una orden de arresto se ejecuta sin notificación, acompañada de vigilancia irregular y con participación de la parte denunciante? ¿Por qué la agresora no recibió ninguna consecuencia pese a la evidencia clara en su contra? ¿Qué tan vulnerable es un hombre cuando una mujer lo acusa falsamente y la institución decide creerle sin investigar? ¿Qué protección existe para los hombres cuando una denuncia falsa los expone a la cárcel, al escarnio público, al daño emocional y a la ruina moral? Pero sobre todo, esta es la reforma policial que por años ha estado promoviendo el gobierno?
A Ariel Palacio se le violaron derechos fundamentales consagrados en la Constitución: derecho a la libertad, al debido proceso, a la igualdad ante la ley, a la defensa y a la dignidad humana. Todo porque una mujer lo acusó falsamente, sin presentar ninguna evidencia y porque un fiscal aceptó una denuncia sin verificar los hechos, mientras otro fiscal —el que sí vio la escena desde el inicio— fue ignorado.
Lo más grave es que, hasta este momento, María Casciato no ha enfrentado consecuencia alguna por haber presentado una denuncia falsa, ni por haber intentado manipular el sistema judicial para ganar ventaja en una disputa económica, ni por el intento de ejecutar un desalojo de manera irregular, ni por la agresión real que cometió contra Ivonne Romero.
En un país donde cada día se lucha por erradicar la violencia contra la mujer, este caso expone una arista igual de urgente: las denuncias falsas no solo destruyen vidas, sino que también perjudican la credibilidad de las mujeres que sí son víctimas reales.
La pregunta que el caso deja sobre la mesa es inevitable: ¿qué hace la ley dominicana con una mujer que acusa falsamente a un hombre? ¿Qué consecuencias existen para quienes utilizan la protección del sistema como arma? Hasta en el contexto actual, la respuesta parece ser inquietante: ninguna.
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