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- La Fiscalía del Distrito Nacional fue apoderada de una querella contra Eduardo Alberto Saint-Hilaire Ramírez , panelista de “Esto no es Radio” , acusado de difamación y de violar la Ley 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología.
La querella con constitución en actor civil fue presentada por el empresario Lugel Gasilie Guelie (conocido como Jean Claude) y la diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Eduviges María Bautista Gómez (conocida como Leivy Bautista), a través del abogado Miguel Valerio.
Asimismo, la querella incluye a las empresas Alofoke Media Group, Corp. y Alofoke Music, S. R. L., representada por sus gerentes Esmelin Santiago Matías García y Melvin Andrés De León Calvo en calidad de terceros civilmente responsables.
De acuerdo a Valerio, el sometimiento tiene su origen en una serie de declaraciones públicas emitidas de forma reiterada, deliberada y consciente por Saint-Hilaire Ramírez, a través del programa Esto no es Radio, difundido por radio y plataformas digitales dentro de dicho espacio.
El jurista sostiene en la instancia que, en dichas intervenciones, el encartado formuló imputaciones graves, ofensivas, falsas y difamatorias en perjuicio de los querellantes.
Indicó que luego de que fueran vertidas las informaciones presuntamente difamatorias, con mala fe manifiesta, fue eliminado el vídeo de las diferentes plataformas y redes sociales como son Instagram, TikTok, YouTube, entre otras.
En la instancia pide a la Fiscalía declarar admisible la presente querella con constitución en actor civil, por reunir todas las condiciones de forma y fondo exigidas por la normativa procesal que rige la materia, así como por la existencia de todos los elementos que comprueban la ocurrencia de los hechos cometidos por el imputado, que configuran el tipo de difamación.
Asimismo, recibir como buena y válida la querella con constitución en actor civil de conformidad con lo establecido por la normativa procesal penal, disponiendo el monto provisional de las indemnizaciones por daños y perjuicios a pagar en la suma de cien millones de pesos dominicanos, reservando el derecho de aumentar esos montos durante el proceso.
Base legal de la demanda
De acuerdo con el documento, los imputados habrían incurrido en violaciones a normativas fundamentales de la legislación dominicana, Ley Núm. 53-07, artículos 21 y 22, referentes a crímenes y delitos de alta tecnología, artículo 367 del Código Penal, relativo a la difamación e injuria.
Representación legal
Los querellantes, otorgaron un poder especial al bufete de abogados "Valerio Jiminián Roa" para llevar adelante el proceso judicial.
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