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"Influye en la gobernabilidad y el marco regulatorio."
- Editorial Desde hace semanas se han interpuesto varios recursos de amparo en salas judiciales que se han quedado paralíticas, mudas o inoperantes.
Editorial
Desde hace semanas se han interpuesto varios recursos de amparo en salas judiciales que se han quedado paralíticas, mudas o inoperantes.
La Corte de Constitucionalidad requirió ayer —en un plazo que vencía a las 16 horas— al Consejo Superior Universitario un informe sobre la exclusión arbitraria y sucia de cuerpos electorales que deben formar parte del proceso para elegir rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala. De 34 cuerpos, 22 fueron ganados por grupos de oposición; afines a la reelección consiguieron nueve y otros tres siguen sin definirse. Pero de esos 22, que son opositores, el CSU solo acreditó a cinco: un chanchullo que exhibe la estatura ética del rector con ínfulas reeleccionistas. Pero la misma CC es la que toleró el desacato de Walter Mazariegos por meses: en febrero del 2025 ordenó que se convocara a elecciones para renovar el Consejo, pero la dilación prosigue.
¿Por qué el máximo tribunal que ha conminado a congresos, cortes supremas y ejecutivos a cumplir órdenes consintió dicha transgresión? La CC debió hace mucho ordenar la integración total de cuerpos electorales para el CSU, a fin de ejercer una votación incluyente, democrática y constitucional. En este momento solo procede la suspensión de la elección, o se estaría avalando un precedente nefasto y una afrenta contra el Pueblo de Guatemala, que es quien sostiene con sus impuestos a la Usac. Si la CC emite una orden y el CSU insiste en desobedecer, está obligada a certificar lo conducente.
Desde hace semanas se han interpuesto varios recursos de amparo en salas judiciales que se han quedado paralíticas, mudas o inoperantes. Incluso, una de estas se apresuró a desechar un amparo provisional. ¿Qué vasos comunicantes existen en esa inacción dolosa? Y esta pregunta abarca al Ministerio Público, que —hasta donde se sabe— tampoco se ha movido de oficio para investigar al menos a los piquetes armados apostados en la Ciudad Universitaria.
en el contexto actual bien, tampoco se puede corregir una ilegalidad con otra. Surgió una iniciativa para crear una ley que vulneraría el principio de autonomía universitaria. Tal disparate solo pone en entredicho la capacidad de los abogados y diputados que la plantean. Pero, ciertamente, la autonomía universitaria no es un fuero especial, ni permiso para convertirla en feudo de minidictadores. La Constitución establece que la Usac es una “institución autónoma con personalidad jurídica” para dirigir y desarrollar la educación superior del Estado. Establece que se rige “por su Ley Orgánica y estatutos”, los cuales ha distorsionado el actual CSU para favorecer al rector de marras.
El artículo 82 constitucional sentencia que en la integración de órganos directivos debe observarse “el principio de representación de sus catedráticos titulares, sus graduados y sus estudiantes”. Si esto no se cumple, no hay elección posible. Si se excluye a cuerpos electorales ya definidos bajo estatutos casuísticos y manipulados, no se cumple con tal representación estipulada. Al momento de redactarse este escrito, ninguna instancia judicial ha actuado con efectividad, incluyendo a la CC. Son horas críticas para la institucionalidad universitaria y deberían fallar acorde a la orden que emitieron hace un año.
El cierre del campus central bajo pretextos anodinos y la presencia de encapuchados llevó ayer a una apertura forzada de los portones por parte de presuntos estudiantes: una conflictividad totalmente innecesaria y evitable. Para hoy está programada la votación en un hotel de Antigua Guatemala, que no debería ser hermética, pues es pagada con dinero público. Entidades nacionales e internacionales se han pronunciado a favor de una elección con representatividad garantizada. Si no participa en pleno el CSU renovado, será nula.
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