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"Análisis de relevancia para la actualidad."
- Reynoso señaló que el argumento de un supuesto explosivo carece de fundamento técnico frente a un expediente sólido que contiene evidencias contundentes sobre las fallas estructurales del edificio que albergaba al Jet Set .
Reynoso subrayó que las aproximadamente 400 víctimas, tanto fallecidas como heridas, así como sus familiares y la sociedad dominicana en general, tienen el derecho inalienable de recibir una respuesta judicial en un tiempo oportuno.
Recordó que este caso, que afecta a cientos de víctimas directas, mantiene en vilo a miles de ciudadanos y a la sociedad en general, quienes, en uso legítimo de su derecho a una respuesta del sistema de justicia, demandan transparencia y celeridad.
“Las víctimas merecen una respuesta en un plazo razonable. Estamos hablando de un dolor que afecta a miles de personas, y el sistema de justicia tiene la obligación de responder a ese clamor sin permitir que se abuse indebidamente de las vías procesales para entorpecer el fondo del proceso”, manifestó la procuradora.
Rechazo el contraperitaje por considerarlo innecesario y absurdo.
La máxima autoridad del Ministerio Público calificó como totalmente innecesario el pedido de contraperitaje solicitado por la defensa de los acusados, así como su autorización por parte del tribunal.
Reynoso señaló que el argumento de un supuesto explosivo carece de fundamento técnico frente a un expediente sólido que contiene evidencias contundentes sobre las fallas estructurales del edificio que albergaba al Jet Set. Esto se debe a que los propietarios sobrecargaron el techo, el cual no fue diseñado para el cambio de uso ni para soportar la sobrecarga que colocaron los acusados Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat.
Afirmó que, si realmente los acusados lamentan la muerte de cientos de seres humanos y consideran el caso Jet Set como una de las tragedias más dolorosas, si están afligidos y respetan la dignidad de las víctimas, tal como expresaron en un comunicado, entonces deberían evitar obstaculizar el avance del proceso solicitando contraperitajes absurdos. "Sus acciones demuestran una total incoherencia con sus palabras", declaró Reynoso.
Afirmó que la solicitud de contraperitaje presentada por la defensa carece de utilidad procesal y pertinencia técnica, constituyendo una maniobra claramente dilatoria que busca desviar la atención de la verdadera causa del colapso del techo de la edificación.
Indicó que es jurídicamente irrelevante intentar evaluar la carbonatación del concreto o realizar otros estudios geofísicos profundos cuando la estructura ya había mostrado señales inequívocas de fatiga mecánica y precolapso, las cuales fueron previamente advertidas y deliberadamente ignoradas por los responsables del lugar.
Recordó que, según la ciencia de la ingeniería forense, cuando se presentan fallas visibles y progresivas, la causa jurídica no se encuentra en la microestructura del material, sino en la falta de medidas de mitigación inmediatas.
“Por tanto, someter el proceso a pruebas de cromatografía de gases para detectar explosivos o a estudios de suelos kársticos sin que exista un solo indicio fáctico que los sustente es solo un ejercicio de especulación técnica que busca desviar la responsabilidad y postergar, injustificadamente, la decisión judicial sobre un evento lamentable cuya peligrosidad era previsible y evitable”, indicó.
Las víctimas también tienen derecho al debido proceso.
La Procuradora General de la República enfatizó que el debido proceso en ningún escenario puede ser una prerrogativa exclusiva de los imputados, sino un derecho fundamental que asiste a todas las partes involucradas en el proceso penal.
Bajo esta premisa, Reynoso sostuvo que el acceso a una justicia pronta y cumplida constituye la tutela judicial efectiva a la que tienen derecho todas las víctimas y la sociedad en su conjunto.
“El debido proceso es una garantía para las partes; así como protege la presunción de inocencia, también resguarda el derecho de las víctimas a que su causa sea conocida sin dilaciones indebidas y bajo el principio de razonabilidad”, indicó.
"Dilatar el proceso con argumentos que contradicen la evidencia técnica, más que ejercer un derecho de defensa, constituye una clara vulneración del derecho de las víctimas a la verdad y a la reparación", puntualizó Yeni Berenice Reynoso.
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