
Jarabacoa.- El Concejo de Regidores de Jarabacoa aprobó a unanimidad, este miércoles 18, una resolución que establece la obligación de reforestar el entorno como requisito para la obtención de permisos de construcción en el municipio.
En los próximos días se hará una sesión para aprobar el acta de la sesión anterior y, desde ahí, entrará en vigencia la norma.
La medida contempla la siembra de entre 10 y más de 100 árboles, dependiendo del tipo de construcción y la cantidad de metros cuadrados del proyecto. En caso de incumplimiento, el permiso será suspendido hasta que se regularice la situación.
Roberto Ureña, presidente del Concejo Municipal y autor de la iniciativa, que también cuenta con la firma de Adrián Ulloa, explicó a N Digital que la finalidad de esta normativa es proteger el ecosistema de Jarabacoa, principal destino turístico de montaña del país.
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“Hay ahora mismo una fiebre con la construcción de villas, cabañas, apartamentos y se está llenando de gris todo. Entonces, el impacto positivo que está creando el turismo, también, se ha convertido en un impacto negativo”, explicó.
El edil subrayó que la resolución busca equilibrar el crecimiento turístico con la conservación ambiental, ante el acelerado desarrollo inmobiliario en la zona.
“Se ha cortado muchos árboles para construir. ¿De qué forma se puede resarcir el daño medioambiental?, plantando árboles. Y es una muy buena forma, como hay fiebre de construir villas, de construir cabañas, que todo el que construya, obligatoriamente, cuando vaya a solicitar el permiso. Deben de sembrar la cuota establecida, dependiendo el tamaño de la obra”, indicó.
Las construcciones pequeñas (remodelaciones, ampliaciones menores de 40 m², verjas, marquesinas, locales pequeños) deberán sembrar 10 árboles o más; las viviendas unifamiliares (hasta 200 m²), 20 árboles o más; las unifamiliares mayores de 200 m², 30 árboles o más; proyectos residenciales (5 viviendas o más), 70 árboles o más.
También, las construcciones comerciales pequeñas (colmados, oficinas, locales hasta 150 m²), 20 árboles o más; construcciones comerciales medianas (supermercados, restaurantes y otros), 45 árboles o más; proyectos turísticos (villas, hoteles, cabañas ecológicas), 100 árboles o más.
El documento establece que las especies recomendadas deberán ser nativas o endémicas, según lo dispuesto por el Departamento de Gestión Ambiental y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Estas estarán establecidas en un listado dentro del Departamento de Planeamiento Urbano.
Evidencias requeridas para certificar el cumplimiento, el solicitante deberá presentar: Fotografías del terreno donde fueron plantados los árboles, ubicación exacta de la siembra, factura de compra, constancia de donación de las plantas o certificación correspondiente, entre otras.
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