
La Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas no es un formalismo administrativo. Es el principal instrumento que protege el dinero de los ciudadanos de la discrecionalidad del poder. Su principio es claro: el Estado debe contratar mediante competencia abierta, transparente y verificable. La excepción existe, pero solo cuando no existe alternativa real.
Por eso, cuando el Servicio Nacional de Salud ha contratado más de RD$13,000 millones mediante procesos de excepción, con más de RD$9,000 millones concentrados en una sola empresa, la pregunta no es si la excepción es legal. La excepción es legal. La pregunta es si estaba justificada.
Y aquí emerge el hecho más determinante: no solo existían otras empresas capaces de prestar el servicio, sino que esas empresas participaron, concursaron e impugnaron formalmente los procesos, alegando irregularidades y restricciones a la libre competencia. Esas impugnaciones no fueron acogidas, a pesar de que existe una resolución de la propia Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas que reconoce irregularidades en los procesos observados.
Este hecho, por sí solo, exige explicaciones profundas.
Porque la exclusividad, en derecho público, no es una preferencia administrativa. Es una condición objetiva. Significa que solo existe un proveedor capaz de prestar el servicio. Pero si hubo múltiples oferentes, si hubo competencia real y si hubo impugnaciones formales, entonces la exclusividad deja de ser una verdad incuestionable y se convierte en una decisión que debe explicarse con rigor técnico, jurídico y económico.
Ese es el origen del reportaje del periódico Panorama, una investigación periodística responsable de siete meses que no acusó a nadie, no pidió la suspensión de los programas de diálisis peritoneal ni de nutrición clínica, ni cuestionó la necesidad de esos servicios. Lo único que hizo fue cumplir con el deber esencial del periodismo en una democracia: fiscalizar el uso de los fondos públicos.
Porque aquí hay otra pregunta fundamental que el país tiene derecho a que se responda: si el servicio se brindó, a cuántos pacientes se brindó y a qué precio por cada paciente.
Esta pregunta no es secundaria. Es central.
No basta con afirmar que los contratos eran necesarios. Es imprescindible demostrar que los servicios se prestaron, que los costos fueron razonables y que el dinero público se utilizó de manera eficiente, sobre todo después del precedente reciente del caso SENASA, que ha puesto en evidencia la importancia de auditar no solo la legalidad de los contratos, sino también su ejecución real y su impacto económico.
La transparencia no termina con la firma de un contrato. Comienza ahí.
Sin embargo, en lugar de respuestas técnicas, el país ha presenciado un intento de desacreditar el cuestionamiento.
El director general de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, ha asumido un rol que no le corresponde institucionalmente, saliendo como vocero de procesos que no ejecutó, realizando un media tour y atacando al medio que realizó la investigación, acompañado de voceros mediáticos que han intentado desviar el debate sin responder el fondo del asunto.
Pero el órgano rector no adjudica contratos. No selecciona proveedores. No decide utilizar la excepción. Esa responsabilidad recae exclusivamente en la institución contratante.
Y en este caso, la institución contratante es el Servicio Nacional de Salud.
Por tanto, quienes deben explicar al país son las autoridades que tomaron las decisiones administrativas, encabezadas por su ex director ejecutivo, Mario Lama, y los funcionarios responsables de estructurar, justificar y adjudicar estos procesos.
No el proveedor.
No el árbitro del sistema.
La responsabilidad institucional no es transferible.
El escrutinio no es una amenaza. Es una garantía. Es el único mecanismo que permite asegurar que el poder público se ejerza en beneficio de la sociedad y no al margen de ella.
Por esa razón, he sometido formalmente una solicitud ante ProCompetencia para que esa institución emita una opinión técnica independiente que permita determinar si este modelo de contratación respetó plenamente los principios de libre competencia o si se establecieron condiciones que limitaron la participación de otros oferentes y concentraron el mercado de manera incompatible con el interés público.
Esta solicitud no busca condenar. Busca claridad.
Porque cuando están en juego miles de millones de pesos del dinero público, no basta con afirmar la legalidad. Es necesario demostrar la legitimidad.
El periodismo no está para proteger al poder. Está para fiscalizarlo.
Y las instituciones no se debilitan cuando se les cuestiona. Se debilitan cuando intentan desacreditar el derecho legítimo de la sociedad a exigir respuestas.
La excepción es una herramienta legítima. Pero cuando se utiliza para contratar miles de millones de pesos, exige explicaciones proporcionales a la magnitud de los recursos comprometidos.
Porque el dinero público no pertenece al Estado. Pertenece a la sociedad.
Y la sociedad tiene derecho a saber.
Pero la lucha continúa.
Y los que queremos lo mejor para este país somos más.
La entrada Cuando el escrutinio incomoda: los RD$13,000 millones que el Estado debe explicar se publicó primero en El Nuevo Diario (República Dominicana).



